Por: Microjuris.com
Para aquellos individuos que se han encontrado desempleados como resultado de los estragos del huracán María sobre Puerto Rico y que no son elegibles para el seguro de desempleo estatal regular (UI, por sus siglas en inglés), existe la posibilidad de solicitar beneficios y servicios de reempleo a través del Programa de Asistencia de Desempleo por Desastre (DUA, por sus siglas en inglés) de la Agencia Federal para el Manejo de Emergencia (FEMA, por sus siglas en inglés). Luego de una declaración presidencial de desastre, el Departamento de Trabajo de los Estados Unidos (DOL, por sus siglas en inglés) supervisa el programa de DUA en coordinación con FEMA, que proporciona los fondos para pagar los beneficios y reembolsar al estado por los costos administrativos.

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Para ser considerado y recibir los beneficios de DUA, los individuos deben proporcionar una prueba de identidad y ciudadanía (ciudadano de los Estados Unidos, extranjero nacional o calificado). No se dará el beneficio de DUA a ningún individuo que reciba beneficios regulares de UI. Los beneficios de DUA se pagan generalmente hasta por 26 semanas iniciando la primer semana después de la fecha en que se inició el desastre mayor, y terminarán en la semana número 26 después de la fecha en que el desastre mayor fue declarado por el Presidente, siempre que los individuos continúen desempleados como resultado directo del desastre.

Atención abogados y abogadas del área metropolitana: Pueden llenar la solicitud de fondos DUA en el piso 12 del National Plaza (Avenida Ponce de León #431, después del Hospital Pavía de Hato Rey). Tienen que traer una carta en la que expliquen que trabajan por cuenta propia y que debido al paso del huracán María no han podido ejercer. El horario es de 7:30 a.m. a 4:00 p.m.

Aquí resumimos la información general pertinente a los requisitos y condiciones bajo los que un individuo puede ser elegible para DUA. Para obtener información adicional sobre el programa, personas interesadas pueden contactar al Departamento de Trabajo en los Estados Unidos 1-866-487-2365 o con la agencia estatal y local de UI.

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Requisitos generales
Para ser elegible y recibir los beneficios de DUA, los individuos deben:
  • no ser elegibles a los beneficios regulares de UI;
  • estar desempleados como resultado directo del desastre;
  • estar dispuestos y disponibles para trabajar, a menos que se hayan lesionado como resultado directo del desastre (vea las condiciones indicadas abajo);
  • presentar una solicitud a DUA dentro de los 30 días de la fecha del anuncio de la disponibilidad de DUA; y,
    no rehusar la oferta de empleo en un puesto de trabajo apropiado.
Condiciones de desempleo
Una de las siguientes condiciones de desempleo o inhabilidad para proporcionar servicios cuando se es autoempleado debe haber ocurrido como resultado directo del desastre:
  • el individuo ha estado desempleado por una semana después de la fecha que inició el desastre mayor;
  • el individuo no puede llegar a su lugar de trabajo;
  • el individuo fue programado para iniciar a trabajar pero el trabajo ya no existe o el individuo no pudo llegar al trabajo;
  • el individuo se convierte en el soporte mayoritario del hogar debido a que la cabeza de la familia falleció como resultado directo del desastre;
  • el individuo no puede trabajar debido a una lesión causada como resultado directo del desastre mayor; o,
  • el individuo perdió la mayoría de su ingreso o salario debido a que su empleador o negocio de autoempleo fue dañado, destruido o cerrado por el gobierno federal.
Se requiere que los individuos sostengan el empleo, el autoempleo o el trabajo que iban a iniciar en o después de la fecha del desastre. Si no pueden proporcionar una prueba de empleo al momento de presentar una reclamación, los individuos tienen 21 días calendario desde ese momento para cumplir con este requisito. No enviar esta documentación dentro de los 21 días resultará en la negación de beneficios de DUA, y cualquiera de los beneficios que hayan sido pagados serán considerados como un sobrepago. Se requiere que los individuos repaguen cualquier beneficio sobrepagado.
Para obtener información adicional de cómo presentar una reclamación DUA, contacte a la agencia del seguro de desempleo del estado.  Oprime el siguiente enlace para ver artículo original: https://aldia.microjuris.com/2017/09/27/ayudas-fema-asistencia-de-desempleo-por-desastre/